SAT da prórroga hasta enero 2023 para facturación 4.0
El SAT informó que dará una nueva prórroga hasta enero del 2023 para la facturación bajo la nueva versión 4.0 que incluye a
El transporte de carga consolidada o less than truck (LTL), es aquél que permite enviar mercancía de varios consignatarios, en un sólo camión o contenedor, lo que les permite a los clientes ahorrar considerablemente en costos de envío. Es uno de los servicios con mayor recurrencia, ya que agiliza los procesos de entrega.
53 pies
Tiempos de Entrega entre 3 - 5 días hábiles
Tultitlán, Querétaro, San Luis Potosí, Guadalajara, Monterrey y Puebla
LTL (Less than Truckload, por sus siglas en inglés), también llamado carga consolidada en español, es un modo de transporte terrestre para mercancías cuyo volumen no requiere un camión entero. Por tanto, cada expedidor paga únicamente por el espacio del camión que ocupan sus bienes ya que el total del espacio disponible en el vehículo se comparte con la carga de otros expedidores, un método que sin duda disminuye los costes de envío.
Los envíos de carga consolidada son recomendables para envíos terrestres de mercancías de dimensiones reducidas. La regla general dicta que el máximo de peso en LTL es de 15.000 libras y que el total de la carga no debe ocupar más de 10 palets. Sin embargo, estos requisitos pueden variar en función del proveedor LTL. Además, también es un servicio ideal para expedidores que busquen reducir los costes del transporte terrestre de sus bienes.
No se recomienda usar este servicio cuando se envía carga que puede ser sensible al paso del tiempo o al contacto con otras mercancías ya que existe el riesgo de daños o contaminación por el resto de la carga transportada en el mismo camión. Asimismo, el envío de mercancías peligrosas, frágiles o perecederas que requieran un tratamiento especial probablemente supondrá un aumento en los costes del envío.
El SAT informó que dará una nueva prórroga hasta enero del 2023 para la facturación bajo la nueva versión 4.0 que incluye a
Ya 12 años pasaron desde aquel 15 de diciembre del 2011 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la cuarta resolución